lunes, 21 de febrero de 2011

....ARTÍCULO.... PLAN DE PENSIONES


      Un plan de pensión en primer lugar es una modalidad de ahorro con un objetivo, dicho objetivo sería el de completar la pensión en el momento de la jubilación de una persona, no siendo sustituida de esta última y que permite, pasado un tiempo, recuperar el valor de lo invertido más los rendimientos que haya generado en ese período.
       Normalmente esa modalidad de ahorro que tienen los planes de pensiones, esos ahorros que se obtienen de ahí, se invierten en un fondo denominado fondo de pensiones con una serie de gratificaciones específicas. La cantidad de capital invertido por un ahorrador forma parte del fondo y se denomina unidad de cuenta, que estaríamos hablando de las mercancías en venta en un mercado y que son ajustadas usando una unidad de cuenta. De esta forma el valor decidido por el vendedor y expresado al comprador. Aunque todos los participantes son libres de usar la unidad de cuenta por ellos, en la mayoría de los mercados solo aceptan algunas. El valor de la unidad de cuenta de un plan de pensiones se determina, diariamente y se calcula dividiendo el patrimonio total del fondo, donde se invierte, entre el número total de unidades de cuenta.
     La persona o la entidad que se encarga de gestionar el dinero se denomina entidad gestora. Dicha entidad es la responsable y la encargada de controlar las cantidades invertidas en el plan, así como de informar a los partícipes de cómo evoluciona el valor del fondo. Una entidad gestora debidamente constituida debe estar inscrita en la Dirección General de Seguros (DGS) y debe tener la autorización de la Administración para poder operar. Existen mecanismos de supervisión para garantizar la eficacia de la gestión. El más corriente es la constitución de una comisión de control, que está formada por los propios partícipes del fondo. Si no estuviese de acuerdo con la gestión del patrimonio, se podrían llevar a cabo las acciones legales correspondientes.
Donde se deposita el dinero se denomina entidad depositaria. La gestión de estas participaciones acarrea una serie de gastos en forma de comisiones que sueles ser:
o   Comisión de gestión: que es la que nos cobra la entidad gestora por remuneración de sus servicios, esta cantidad se deduce diariamente del valor del a unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de gestión suele oscilar entre el 1% y el 2% de las cantidades aportadas.
o   Comisión de depósito: que es la que cobra la entidad depositaria por el mantenimiento y custodia de los valores. De igual manera que ocurre con la comisión de gestión esta cantidad se deduce diariamente del valor unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de depósito suele oscilar entre el 0,0 % y el 0,6% de las cantidades aportadas.
o   Comisión de traspaso: está prohibido el cobro de comisiones por traspaso.
      En la actualidad ninguna entidad cobra esa comisión ya que la legislación vigente dispone que el traspaso de un plan de pensiones a otro se haga sin ningún coste para el partícipe. En un plan de pensiones hay una cantidad mínima que la entidad gestora exige aportar.
     Dicha cantidad  se denomina aportación mínima y aunque no hay fijada una cantidad mínima la finalidad de la aportación mínima es evitar trámites administrativos que repercutirían negativamente en la rentabilidad final del plan. En la mayoría de los planes existen cláusulas por las que el partícipe se compromete a desembolsar de manera periódica a favor del plan.
     Toda aportación al Plan de Pensiones desgrava sobre la Base Imponible del partícipe. Esto quiere decir, que toda la aportación anual se resta integra de la Base Imponible del titular en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F), por lo que en la práctica, Hacienda, devuelve un alto porcentaje de la aportación en el siguiente año fiscal. Desde la reforma fiscal del 1 de enero de 2007, se establecen unos importes máximos anuales en las aportaciones, siendo de 10.000 euros para los menores de 50 años  de 12.500 euros para los partícipes de50 años inclusive en adelante, con esto estoy hablando de fiscalidad sobre aportaciones.
     El Plan de Pensiones no es un producto líquido, es decir, no se puede rescatar salvo unos casos muy puntuales, como son la jubilación, el fallecimiento del partícipe y los llamados Supuestos Especiales de Liquidez:
-          Invalidez absoluta y permanente del partícipe.
-          Paro prolongado, en más de dos años.
-          Enfermedad grave.
En este último caso estaríamos hablando de Fiscalidad sobre el Rescate.
Existen tres formas de rescatar los derechos consolidados de los Planes de Pensiones: en forma de capital, en forma de renta y en forma mixta y también una combinación de las dos anteriores.
o   Rescate en forma de capital: esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en un solo pago. Todas las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 tienen una exención fiscal del 40% las realizadas posteriormente, no tienen ningún tipo de exención. Como el cobro se realiza de una sola vez, e partícipe ese año asumirá una gran carga fiscal, pudiendo llegar al tramo máximo del 43% para cantidades importantes.
o   Rescate en forma de renta: esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en pagos diferidos mediante la constitución de un seguro de rentas. El impacto fiscal no es tan fuerte como en el caso de rescate en forma de capital, ya que el partícipe sólo tributará ese año por el importe recibido. El resto de los años seguirá tributando al tipo pertinente hasta la finalización de la renta.
o   Rescate en forma mixta: consiste en combinar las dos anteriores, rescatando una parte en forma de capital y la otra en forma de renta.

domingo, 20 de febrero de 2011

Nuevo artículo

….LA CRISIS DE LA DEUDA PÚBLICA….

Ver adjunto: Crisis de la deuda pública

En un principio vamos a comenzar por definir el término deuda pública. La deuda pública podemos definirla como el conjunto de deudas que mantiene un Estado frente a otros particulares u otros países. Mediante las emisiones de títulos de valores podemos obtener los recursos financieros por el Estado por cualquier otro poder político. Es además un instrumento que utiliza es Estado para resolver la falta de dinero en un momento puntual, como por ejemplo cuando se necesita un mínimo de tesorería, para afrontar los pagos más inmediatos, estaríamos hablando en este caso de dinero en caja por ejemplo. Otro ejemplo sería cuando se necesita financiar operaciones a medio y largo plazo fundamentalmente cuando hablamos de inversiones.
        La deuda pública se define como el instrumento financiero de naturaleza pasiva para el ente público emisor que busca en los mercados nacionales o extranjeros captar fondos bajo la promesa de futuro pago y renta fijada por una tasa en los tiempos estipulados por el bono.
Para financiar las actividades, el sector público puede utilizar tres medios:
1.      Impuestos y otros recursos ordinarios como por ejemplo precios públicos, transferencias recibidas o tasas.
2.      Creación de dinero, mediante un proceso de expansión monetaria.
3.      Emisión de deuda pública.
       El Estado puede además utilizar la deuda como instrumento de política económica y en este caso debe utilizar la política de deuda que considera en cada momento más apropiada a los fines que persigue. La deuda pública puede afecta de una manera directa a variables económicas de las que depende básicamente el funcionamiento real de la economía, tales como la oferta monetaria, el tipo de interés, el ahorro y su forma de canalización, bien sea nacional o extranjero. La deuda pública es la obligación que tiene el Estado por los préstamos totales acumulados que ha recibido o, por los que es responsable expresándose a través del valor monetario total de bonos y obligaciones se encuentran en manos del público.
….CLASES DE DEUDA PÚBLICA….
·         Deuda real y ficticia. Cuando el Tesoro Público emite títulos de deuda puede ser adquirida por bancos privados, particulares y el sector exterior, pero también se puede ofrecer la deuda al Banco Central del país. Esta última deuda se considera ficticia puesto que dicho banco es un organismo de la Administración Pública y en realidad la operación de deuda equivale, incluso en sus efectos monetarios, a una creación solapada de dinero. La distinción entre deuda real y ficticia tiene gran importancia desde el punto de vista de la estabilidad económica.
·         Deuda a corto, medio y largo plazo: un aspecto que reviste importancia a efectos de la política económica es el del plazo de duración del empréstito.
-          Deuda a corto plazo: se emite con un vencimiento inferior a un año y suele funcionar como una especie de letra de cambio, en este caso del Estado. En España la deuda a corto plazo está representada por las Letras del Tesoro. La deuda a corto plazo se ha venido utilizando para cubrir necesidades de tesorería del Estado, los llamados déficit de caja que presentan de alguna manera los presupuestos del Estado.
-          Deuda a medio plazo: que cumple la misión de conseguir fondos para la financiación de gastos ordinarios, en España cumple este papel Los bonos del Estado.
-          Deuda a largo plazo: tiene la misión de financiar gastos extraordinarios y de dilatada rentabilidad, dentro del largo plazo pueden tener una duración muy variada e incluso puede ser de duración ilimitada dando lugar a la deuda perpetua, en España están representados por las obligaciones del Estado.
·         Deuda amortizable y perpetua: el Estado puede emitir títulos de deuda amortizables, en los que al llegar el momento del vencimiento el principal de la deuda es reembolsada a su titular. Frente a este tipo de deuda existe un modelo de deuda perpetua en el que no existe vencimiento de la misma y por tanto nunca es reembolsado el principal por el Estado, a cambio su titular cobrará de manera perpetua los intereses pactados en su emisión. Para este tipo de deuda tenga sentido debe existir un mercado donde se pueda negociar este título. Cuando el Estado desea amortizar esta deuda deberá acudir al mercado y deberá compararla al precio al que esté vigente en ese momento.
·         Deuda interna y externa: uno de los aspectos que ofrece mayor importancia por sus repercusiones económicas, es el de conocer la nacionalidad del prestatario y en este sentido es necesario distinguir entre deuda interna y externa.
La primera es suscrita por nacionales y todos sus efectos quedan circunscritos al ámbito de la economía interna; la deuda externa por el contrario, es suscrita por los extranjeros y ello tiene importantes novedades en cuanto a sus aspectos económicos, tanto para la economía nacional como para la de aquellos que suscriben la deuda. En este sentido la deuda externa posibilita los fondos necesarios sin casi nada del ahorro nacional. Estas ventajas que ofrece a corto plazo la deuda externa tienen contrapartida en el momento de amortización de la deuda, cuando será necesario captar los recursos en el país sin que esos recursos produzcan una compensación en otros ciudadanos internos.  Por general los prestatarios internacionales son el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.
Los títulos de deuda pública serían las Letras del Tesoro que tienen un nominal de 1000, bonos del Estado y las obligaciones del Estado.
    

martes, 8 de febrero de 2011

NUEVO TEMA: LETRAS DEL TESORO

LETRAS DEL TESORO
L
as letras del tesoro son valores de renta fija a corto plazo que  estaría dentro del intervalo de seis meses y dieciocho meses, que se emiten al descuento por lo que son activos financieros con rendimiento implícito, y se representan mediante anotaciones en cuenta. Las emisiones de deuda pública se denominan en euros, existiendo un importe nominal mínimo de negociación de 1000 euros en letras entre doce y dieciocho meses. Realizan la función de instrumento regulador de la intervención en los mercados monetarios.
    La renta se genera en el momento de su trasmisión o amortización. Los rendimientos obtenidos de las Letras del Tesoro pueden proceder o bien de su amortización o bien de la transmisión de un título. En ambos casos, se califica a las rentas obtenidas como rendimientos de capital mobiliario a integrar en la renta del ahorro. Cabe recordar, que las Letras de Tesoro son activos financieros con rendimiento implícito, es decir, la rentabilidad procede de la diferencia del precio de subscripción y el de reembolso.
    Los rendimientos negativos que se obtengan por la venta de Letras del Tesoro se pueden compensar con los rendimientos positivos de la naturaleza financiera, es decir, procedentes de dividendos, intereses, rentas  de activos financieros que se integran en la misma parte de la renta, que sería la denominada renta del ahorro. No es posible integrar ni compensar los rendimientos y plusvalías de diferente signo, esto es lo que denominaríamos, en general, la compensación de las pérdidas. Así mismo, no se permite realizar dicha compensación cuando se hayan adquirido activos homogéneos dentro d los dos meses anteriores  posteriores a la transmisión del activo que genera el rendimiento negativo, de todas las maneras si el resultado continua siendo negativo debemos compensarlo, si por ejemplo el resultado es negativo podremos compensarlo en 4 años.
    No existirá obligación de computar ningún rendimiento del capital mobiliario en las transmisiones de Letras del Tesoro u otros activos financieros de carácter implícito por causa de muerte del titular este rsería el llamado rendimieno muerto.
    Los gastos fiscalmente deudcibles sólo osn los de administración y déposito de valores negociables denominemosló como los gastos fiscalmente deducibles.
    Es importante saber que no tendrán que declarar  por el IRPF los contribuyntes que obtengan rentas procedentes exclusivamente, en tributación individual o conjunta, de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de preci tasado, con el límite conjunto de 1000 euros anuales. La característica principal fiscal de ls Letras del Tesoro es estar exoneradas de retención, lo cual no significa confusión de los datos del inversor frente a la Hacienda pública.


Veamos un ejemplo de Letra del Tesoro:
“Transmisión de una Letra del Tesoro”
Don x obtiene durante el ejercicio 200x las siguientes rentas derivadas de la venta de dos letras del tesoro. Su base imponiblegeneal del IRPF, en el ejercicio, asciendea 24040,48 euros:
LETRA Nª1

Concepto
Importe
Concepto
Importe
Precio
de subscripción
7212,15 euros
Precio
de transmisión
9315,69 euros

Gastos subscripción
(+) 1,8 euros
Gastos
de transmisión
(-) 2,1euros
Fecha
de subscripción
25/09/200x-1
Fecha
de transmisión
25/11/200x


LETRA Nª2

Concepto
Importe
Concepto
Importe
Precio
de subscripción
12020,24 euros
Precio transmisión
11719,74 euros
Gastos subscripción
(+) 2,7 euros
Gastos transmisión
(-) 2,1 euros
Fecha
de subscripción

25/06/200x-1
Fecha
de transmiión
25/11/200x


SOLUCIÓN

Concepto
Importe
Letra 1
2009,64 euros
Letra 2
(305,31 euros)


En la base imponibledel impuesto incluíriamos la suma de ambos renimientos 1794,32 euros adicionando dicha cantidad al resto de los rendimientos de la base imponible 24040,48 euros y pagando de impuesto lo que se derive de la aplicación del tipo de gravamen de la escala del impuesto a la cantidad que imputamos.

Concepto
Importe
Base imponible
25834,81 euros



martes, 1 de febrero de 2011

Tema del dia: Seguros de vida


SEGUROS DE VIDA
    El seguro de vida de una persona busca garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo. En caso de fallecimiento del asegurado sus beneficiarios o herederos  acceden a una indemnización.


    En el lenguaje cotidiano una persona hace referencia a un ser racional y consciente de sí mismo que posee identidad propia, hablamos también de un ser social dotado de sensibilidad con inteligencia y voluntad propiamente humanas.  Un heredero sería una persona indemnizada o que el asegurado en caso de fallecimiento dejaría una indemnización. Esta indemnización se consideraría capital asegurado y puede ser pagada en una única vez o a modo de renta financiera. Por lo general, los beneficiarios serían los familiares del asegurado, aunque también pueden ser sus socios o acreedores.

Los seguros de vida pueden clasificarse de acuerdo a su duración, temporarios o de vida entera, su tipo de prima, a prima nivelada, donde el pago es constante, y a prima de riesgo, donde aumenta de acuerdo a la edad del asegurado o la cantidad de asegurados que cubre la póliza, seguros individuales, colectivos o de varias cabezas.

    Las aseguradoras afirman que, gracias a la combinación de la previsión y la solidaridad del sistema, el asegurado obtiene una cobertura inmediata por importantes precios, aún cuando las contribuciones individuales son reducidas.  En algunos países, como Estados Unidos, el seguro de vida no es sólo una fuente de sustitución de ingresos, sino que también permite pagar el saldo de la hipoteca u otras deudas al momento del fallecimiento del asegurado; pagar los impuestos de sucesión; pagar los gastos funerales; proveer fondos para la educación de los descendientes; y hasta realizar donaciones de caridad.

     Por otra parte, hay pólizas que permiten incluso beneficiar al asegurado en vida, por ejemplo completando la jubilación (cuando alguien que paga su seguro de vida durante muchos años y llega a la vejez sin tener que preocuparse por el bienestar económico de su familia).

   Veamos ahora la definición de seguro y de vida. El concepto de seguro tiene varios usos y significados. Uno de ellos está vinculado al contrato que obliga, mediante el cobro de una prima, a indemnizar el daño producido a otra persona. Existen varios tipos de seguros que suponen un respaldo financiero para el asegurado ante eventualidades.

·         Póliza: es un documento justificativo o comprobatorio. La póliza de seguro, por lo tanto, es el documento que certifica el mencionado respaldo al que accede el asegurado cuando paga una prima para ello. La póliza de seguro, que también puede ser mencionada como contrato de seguro, fija los términos por los cuales el asegurado se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma al verificarse una eventualidad prevista en el contrato. El contratante del seguro, por su parte, se obliga a pagar una prima a cambio de la cobertura. El riesgo asegurable es un evento futuro, posible e incierto que puede generar un daño patrimonial al asegurado, mientras que la prima es el costo de la póliza. La obligación del asegurador a indemnizar, por último, depende de la concreción del riesgo asegurado.

El concepto de vida puede ser definido desde diferentes enfoques. La noción más habitual está vinculada a la biología, que sostiene que la vida es la capacidad de nacer, crecer, reproducirse y morir. En este sentido, la vida es aquello que distingue a hombres, animales y plantas, por ejemplo, de los objetos como una roca o una mesa.